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Obras, urbanismo y vivienda

Instalación de anclajes temporales

En resumen

Para quién: Promotores y constructoras cuya obra en una parcela privada necesita anclajes temporales que entran en el subsuelo público.

Licencia para ejecutar anclajes temporales en estructuras privadas que afectan solo al subsuelo público. Se pagan 4,80 euros por metro lineal de anclaje activo al año, el 4% de ICIO sobre la partida de anclajes y la tasa de licencia (0,9%, mínimo 26,90 euros); puede exigirse fianza. Hay que aportar presupuesto, memoria y planos con los servicios existentes. En línea con certificado digital o DNI electrónico, o en Atención Ciudadana.

Qué es

Licencia que autoriza la ejecución de anclajes temporales sobre estructuras en dominio privado, afectando estos al subsuelo público exclusivamente.

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Vías Públicas.

Documentación

• Solicitud de autorización. únicamente para tramitación presencial)

• Presupuesto detallado con mediciones.

• Memoria  detallada con justificación.

• Planos de planta y secciones con detalle de los servicios existentes (agua, saneamiento, recogida neumática, etc.) y anclajes con magnitud real en planta.

Plazo

Continuo

Precio

Tasa por ocupación del subsuelo, suelo o vuelo de la vía pública o terrenos de uso público con cables y/o conductos :

4,80 euros/metro lineal o fracción de anclaje activo, al año o fracción.

Impuesto de construcciones, instalaciones y obras :

4% sobre el presupuesto que figura en el proyecto, en la partida de anclajes (Si éste ha sido liquidado porque estaba incluido en el Proyecto de Obra para la concesión de licencia, deberá aportar justificación del pago).

Tasa por licencia urbanística :

0,9% del presupuesto de la obra, sin IVA, con un mínimo de 26,90 euros.

Los Servicios Técnicos Municipales podrán exigir el depósito de la correspondiente FIANZA, para responder del coste de ejecuciones subsidiarias o del deterioro que pueda sufrir la vía pública.

Cómo puede pagar las tasas:

Elija la opción que le resulte más cómoda:

a)    Tarjeta bancaria

Puede pagar con tarjeta hasta un máximo de 5.000 €.

b)    Bizum

Pueda pagar desde  0,50 € hasta 1.000 €  por operación

(máximo 2.000 € al día y 5.000 € al mes)

c)    Banco

Puede pagar:

A través de  banca online , según las condiciones de cada entidad, o

De forma presencial en efectivo en las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento de Alcobendas.

⚠️ Importante

Si paga por Banco, debe  enviar el justificante de pago  para terminar el trámite por una de estas dos vías:

Por sede electrónica

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Cómo se tramita

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico  puede cumplimentar el trámite de manera on line .

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana.

Normativa

Ordenanza de Ocupaciones del suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública y espacios verdes

(Norma completa.)

Ordenanzas fiscales y precios públicos 2026.

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3215076. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.