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Padrón, registros y certificados

Certificado de empadronamiento

En resumen

Para quién: Mayores de edad que están o han estado empadronados en Alcobendas y necesitan acreditar su domicilio.

Documento que justifica tu residencia y domicilio en Alcobendas. En línea, con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, se descarga al momento; en el Servicio de Atención Ciudadana te lo dan en el acto con tu documento de identidad; y llamando al 010 o al 912969088 te llega por correo a la dirección del padrón. El de otra persona solo se pide en persona, con su documento o su autorización.

Qué es

El certificado de empadronamiento es un documento que sirve para justificar la residencia y el domicilio habitual de una persona en el municipio de Alcobendas.

Requisitos

Usted puede pedir su propio certificado de empadronamiento. Tiene que cumplir estas dos condiciones:

- Ser mayor de edad.

- Estar o haber estado empadronado en el Ayuntamiento de Alcobendas.

Si usted va a pedir el certificado de empadronamiento de otra persona tendrá que hacerlo siempre de forma presencial

Unidad responsable y contacto

Padrón.

Documentación

Sólo tendrá que presentar documentación si va a pedir un certificado de empadronamiento de forma presencial.

Si va a solicitar su propio certificado de empadronamiento

Tiene que enseñar su documento de identidad original y en vigor (DNI, pasaporte o tarjeta de residencia).

Si va a solicitar un certificado de empadronamiento de otra persona que está empadronada en un domicilio distinto del suyo tiene dos opciones:

Puede enseñar el documento de identidad original y en vigor de esa persona.

Si no tiene el documento original, esa persona tiene que hacerle una autorización firmada por ella y, además, tiene que darle una fotocopia de su documento de identidad (DNI, pasaporte o tarjeta de residencia).

Si va a solicitar el certificado de empadronamiento de su hijo menor de edad pueden suceder dos casos:

Su hijo/a está empadronado con los dos progenitores (padre/s, madre/s).

Sólo tiene que enseñar el documento de identidad original y en vigor de usted o del otro progenitor.

Los progenitores (padre/s, madre/s) están separados/as o divorciados/as:

Si su hijo/a está empadronado con usted.  Tiene que presentar el documento de identidad original y en vigor de usted.

Si su hijo/a está empadronado con el otro progenitor.  Tiene que presentar una autorización firmada por el otro progenitor y una fotocopia del documento de identidad en vigor de dicho progenitor.

Si su hijo/a no está empadronado con ninguno de los dos progenitores. Tiene que presentar el documento de identidad original y en vigor de la persona mayor de edad con la que el menor está empadronado.

Plazos

- Si ha pedido el certificado de forma telemática, podrá descargarlo de forma inmediata.

- Si lo ha pedido de forma presencial, se le entregará en el momento.

- Si lo ha pedido de forma telefónica, lo recibirá por correo postal ordinario en la dirección que figure en el padrón.

Resolvemos tus dudas

Desde aquí puede resolver sus dudas.

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Si está registrado en Clave, o dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede obtener su certificado inmediatamente.

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Puede llamar al 010 (llamadas desde Alcobendas  ) o al 912969088 (llamadas desde móvil o fuera de Alcobendas)

Para realizar el trámite de empadronamiento en nombre de otra persona, es necesario presentar autorización  firmada por el interesado.

Normativa

Ley Orgánica 14/2003 de 20 de noviembre, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, a efectos de perfeccionar la información contenida en el Padrón Municipal relativa a los extranjeros empadronados.

(Norma completa.)

Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal.

(Norma completa.)

Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.

(Norma completa.)

Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio

(Norma completa.)

Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3258392. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.