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Medio ambiente y barrio

Instalación o cambio de puntos de alumbrado

En resumen

Para quién: Vecinos, comunidades o empresas que quieren que se instale o se cambie de sitio una farola o punto de alumbrado público, pagando la obra.

El Ayuntamiento hace la obra de instalar o cambiar el punto de alumbrado, pero la paga quien la pide, según el presupuesto del departamento de Mantenimiento. Primero presentas la petición previa; si es viable, te entregan el «Informe de Control de Autorización» para pagar la autoliquidación y, tras la obra, recibes el decreto de legalización. Se tramita en las oficinas de Atención Ciudadana.

Qué es

Para solicitar la instalación o cambio de puntos de alumbrado público, las obras necesarias se realizarán por el Ayuntamiento, previo abono por parte del solicitante, del importe de las mismas. El presupuesto de dichas obras será facilitado por el Departamento de Mantenimiento.

a. El interesado deberá presentar solicitud en Modelo de Petición Previa al departamento de Mantenimiento.

b. Los servicios técnicos del Departamento de Mantenimiento se pondrán en contacto con el interesado a fin de informarle sobre la viabilidad de la autorización.

c. En caso de ser favorable se hará entrega en persona al solicitante, del Informe de Control de Autorización. Con este documento se tramitará la correspondiente autoliquidación en el Servicio de Atención Ciudadana por el importe presupuestado.

d. Tras la realización de la obra, se le enviará al interesado el correspondiente Decreto de Legalización de la misma.

Requisitos

Una vez abonada la autoliquidación deberá presentarse junto a la documentación para su registro, en el Servicio de Atención Ciudadana.

Unidad responsable y contacto

Mantenimiento de Edificios Municipales.

Plazo

Continuo

Precio

Importe de la obra según precio público municipal, recogido en el punto VI. GRAPADO O DESGRAPADO DE CABLES Y RETIRADA DE FAROLAS, A INSTANCIA DE PARTE, de la Ordenanza Fiscal nº 3.7 Reguladora de la Tasa por Prestación de Diversos Servicios Municipales.

Cómo puede pagar las tasas:

Elija la opción que le resulte más cómoda:

a)    Tarjeta bancaria

Puede pagar con tarjeta hasta un máximo de 5.000 €.

b)    Bizum

Pueda pagar desde  0,50 € hasta 1.000 €  por operación

(máximo 2.000 € al día y 5.000 € al mes)

c)    Banco

Puede pagar:

A través de  banca online , según las condiciones de cada entidad, o

De forma presencial en efectivo en las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento de Alcobendas.

⚠️ Importante

Si paga por Banco, debe  enviar el justificante de pago  para terminar el trámite por una de estas dos vías:

Por sede electrónica

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Cómo se tramita

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Normativa

Ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3198865. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.