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Obras, urbanismo y vivienda

Declaración responsable para el cerramiento de terrazas

En resumen

Para quién: Vecinos de pisos en edificios de viviendas que quieren acristalar una terraza que ya está cubierta en el proyecto original del edificio.

Permiso para cerrar los laterales y el frente de una terraza cubierta. El cierre debe ser acristalado y desmontable (nada opaco ni de obra), ir por detrás de la barandilla, conservar el muro entre terraza y vivienda y encajar con la carpintería del edificio. No sirve para cubrir terrazas descubiertas. Las obras deben empezar en 6 meses y acabar en 1 año; hace falta además el permiso de la comunidad si toca elementos comunes. En línea o en Atención Ciudadana.

Qué es

Título habilitante urbanístico que se refiere al cerramiento lateral y frontal de terrazas en viviendas (sólo uso residencial colectivo), que se encuentren cubiertas según el proyecto original de construcción del edificio aprobado por el Ayuntamiento que no ampara la realización de ningún tipo de cubrición de la misma, ni ningún tipo de actuación sobre terrazas descubiertas, siendo estos supuestos objeto de control de otro tipo de parámetros urbanísticos.

Requisitos

•El cerramiento será acristalado y fácilmente desmontable en su totalidad, quedando prohibido el cerramiento opaco o con muros de fachada.

•Se situará por detrás de la barandilla o peto exterior.

•Se deberá conservar el muro existente entre la terraza y la parte cerrada de la edificación.

•La solución propuesta debe ir en consonancia con la carpintería exterior de la edificación y debe ser estéticamente admisible.

Unidad responsable y contacto

Licencias de Obras

Documentación

Declaración responsable para el cerramiento de terrazas (LD19).

Relación de documentos a presentar (LD19.1n)

Modelo de plano cerramiento terrazas

En su caso:

Modelo de representación

Datos del pago

Consulte importes y formas de pago .

Plazos

-Subsanación: De apreciarse deficiencias en la documentación presentada, se procederá a requerir su subsanación durante un plazo de diez días, con indicación expresa de que, si no lo hiciera, la declaración responsable devendrá ineficaz y se prohibirá el ejercicio de las actuaciones objeto de la misma.

-Plazo de tramitación: -De acuerdo a lo establecido en el artículo 157.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid, la presentación de la Declaración Responsable en el registro del Ayuntamiento habilita la realización de las obras, la implantación de las instalaciones, así como el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de haber obtenido, en su caso, otro tipo de autorizaciones sectoriales necesarias. No obstante, el Ayuntamiento comprobará su conformidad a la normativa aplicable en el plazo de tres meses desde su presentación completa y emitirá acto de conformidad o disconformidad, cuando ello fuera necesario, en el que indicará si dicha Declaración Responsable se ajusta a la normativa vigente de aplicación o no.

-Al objeto de garantizar que las obras y la actividad pretendida sean viables se recomienda efectuar consulta a los Servicios Técnicos Municipales con anterioridad a la presentación de la documentación y abono de tasas.

-Plazo de obras: deberán iniciarse en el plazo de 6 meses y quedarán finalizadas en el plazo de 1 año a contar desde la fecha de presentación de la declaración responsable.

Más información

• La habilitación obtenida mediante la presentación de una Declaración Responsable no sustituye la obligación de contar con la autorización de la Comunidad de Propietarios para ejecutar obras en elementos comunes.

• Horario permitido para la realización de obras en el Municipio.

Observaciones:

-En ningún caso podrá entenderse legitimada la ejecución de actuaciones amparadas en una declaración responsable cuando sean contrarias o disconformes con la legalidad urbanística aplicable.

-La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore en la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actuación legitimada, sin perjuicio del resto de responsabilidades conforme a la legislación del procedimiento administrativo común. La resolución administrativa que declare el cese en el ejercicio del derecho podrá determinar la obligación de restituir la situación jurídica al momento previo del inicio de los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo, el subsuelo y el vuelo.

-En el caso de apreciarse incumplimientos o deficiencias esenciales, que no sean susceptibles de subsanación, en particular la incompatibilidad de uso o la existencia de afecciones a la seguridad o al medio ambiente que generen un grave riesgo, se ordenará, previa audiencia al interesado, la paralización de las actuaciones declaradas, sin perjuicio de las responsabilidades indicadas en el apartado anterior. Esta resolución obligará al interesado a restituir el orden jurídico infringido, y podrá determinar la imposibilidad de presentar una nueva declaración responsable con el mismo objeto durante un periodo máximo de un año.

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico  puede cumplimentar el trámite de manera on line

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Normativa

Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid

(Norma completa.)

Ordenanza Municipal Reguladora de los Residuos de la Construcción y Demolición de Alcobendas

(Norma completa.)

Ordenanza de Edificación, Construcciones e Instalaciones

(Norma completa.)

Ordenanza de ocupaciones del suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública y los espacios verdes públicos

(Norma completa.)

Ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas

(Norma completa.)

Ordenanza reguladora de la tramitación de títulos habilitantes de naturaleza urbanística y formas de control de la legalidad urbanística

(Norma completa.)

Plan General de Ordenación Urbana

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3195087. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.