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Impuestos, tasas y pagos

Declaraciones de alteraciónes catastrales con efectos en el impuesto sobre bienes inmuebles

En resumen

Para quién: Titulares catastrales de un inmueble que ha cambiado (obra nueva, ampliación, reforma, cambio de titular…).

Es la declaración al Catastro de altas o cambios de un inmueble, que afectan al valor catastral y al IBI. Hay que presentarla en los dos meses siguientes al cambio, con el modelo 900D y, según el caso, documentos notariales inscritos en el Registro. Al hacerlo puedes domiciliar el IBI de los años siguientes. En línea con certificado digital o DNI electrónico, o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana; se resuelve en 1 mes.

Qué es

Es obligatoria la incorporación de los bienes inmuebles en el Catastro Inmobiliario, así como las alteraciones de sus características económicas, físicas y jurídicas, que conllevará, en su caso, la asignación de valor catastral.

Dicha incorporación podrá realizarse mediante Declaración en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al del hecho, acto o negocio objeto de la declaración. Los hechos, actos y negocios declarados tendrán efectividad en el devengo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles posterior al momento en que produzcan efectos catastrales.

Con carácter general, los actos dictados en los procedimientos de incorporación mediante declaración, tendrán efectividad catastral, el día siguiente a aquel en que se produjeron los hechos, actos o negocios que originaron la incorporación o la modificación catastral.

Requisitos

Solicitud del interesado titular catastral identificando el bien inmueble para el que pide informe.

El solicitante debe ser el titular o cotitulares catastrales.

Unidad responsable y contacto

IBI.

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede realizar su solicitud on-line

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Más información

• Cuando la alteración precise de una declaración responsable urbanística de primera ocupación, es obligatorio que presente junto con la solicitud de esta declaración responsable, el modelo de declaración catastral correspondiente junto con toda la documentación preceptiva.

• Al presentar la Declaración Catastral, puede domiciliar los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles de los años sucesivos. La domiciliación surte efectos, al año siguiente.

Subsanación: Al presentar la solicitud, si la documentación exigida no está completa, se le requerirá la misma, y se le advertirá de las consecuencias y efectos negativos que tendrá la tramitación.

Cuánto tardan en contestar

1 Mes

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Declaración catastral Modelo 900D . (Modelo único. Consulte la documentación recogida en el anverso para cada supuesto).

Obligatorio

Declaración catastral Modelo 900D . (Modelo único. Consulte la documentación recogida en el anverso para cada supuesto).

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Descargar modelo

Documentación Opcional

Adicionalmente en algunos casos será necesario presentar algunos de los siguientes documentos.

Documentos notariales.

Todos los documentos notariales deben estar inscritos en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Normativa

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

(Arts. 11 y 13.)

R.D. 2/04 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

(Apartado 3 del artículo 75 y artículo 76.)

Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

(Art. 28.)

Orden HAC/1293/2018, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales.

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3199973. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.