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Impuestos, tasas y pagos

Aplazamiento o fraccionamiento de deuda en periodo ejecutivo

En resumen

Para quién: Personas o empresas con una deuda con el Ayuntamiento ya en periodo ejecutivo (apremio) que no pueden pagarla de una vez.

Aplaza o fracciona una deuda en vía ejecutiva, con intereses de demora: hasta 6 meses si es inferior a 3000 €, 12 meses entre 3.000 y 6000 € y 24 meses por encima; no se aplazan deudas inferiores a 100 euros. Bajo 6.000 euros no se piden garantías; entre 6.000 y 12.000 euros vale una fianza personal y, por encima, aval bancario. Hay que justificar las dificultades económicas. En línea con certificado digital o en el Servicio de Atención Ciudadana.

Qué es

• Podrá aplazarse o fraccionarse el pago de la deuda, en periodo ejecutivo, previa petición, cuando su situación económica-financiera les impida efectuar el pago de sus débitos en los plazos establecidos.

• Las cantidades cuyo pago se aplace o fracciones, con exclusión del recargo de apremio (en su caso), devengarán intereses de demora.

No se concederá fraccionamiento o aplazamiento de pago respecto de aquellas deudas suspendidas a instancia de parte, cuando hubiese recaído sentencia firme desestimatoria de las pretensiones del obligado al pago.

• Las deudas derivadas de sanciones por infracciones de la normativa reguladora en materia de tráfico no serán aplazables ni fraccionables en período voluntario de pago. El resto de las sanciones no tributarias sólo son fraccionables en periodo voluntario, una vez haya adquirido firmeza la sanción recaída.

• El plazo máximo de aplazamiento/fraccionamiento de pago será:

6 meses cuando el importe de cada una de las deudas incluidas en la solicitud sea superior a 100 € y cuando el importe total de la deuda o conjunto de deudas sea  inferior a 3000 €.

12 meses, cuando el importe de la deuda o deudas, esté comprendido entre 3.000 y 6000 €.

24 meses si el importe de la deuda o deudas es mayor a 6000€ .

Excepcionalmente se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas por un periodo mayor al establecido.

No se pueden aplazar o fraccionar el pago de deudas inferiores a 100 euros..

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Dirección Económica Financiera. Intervención General

Documentación

• En todos los casos:

- Solicitud-Instancia (para trámite presencial) debiendo indicar los datos personales, razón social o denominación, nº de identificación fiscal y en su caso, persona que lo represente. Identificación de la deuda cuyo aplazamiento se solicita, indicando concepto y periodo impositivo y plazo del aplazamiento o nº de plazos del fraccionamiento.

-  Personas físicas : Copia de la última declaración IRPF o certificado de no estar obligado a hacerla y cualquier información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

- Personas Jurídicas : Copia de la última declaración del Impuesto de Sociedades y copia del balance del último ejercicio, balance y cuenta de resultados de los tres últimos años e informe de auditoría si existe y Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

- Orden de domiciliación bancaria. enlace

- Justificantes que acrediten dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en los plazos establecidos: Situación laboral (desempleado, etc.), pensionista, cargas familiares, pago de préstamos u otras obligaciones fiscales.

- Si lo que quieren aplazar es una autoliquidación deben aportar copia de la misma.

• Cuando la deuda total sea inferior a 6.000 euros , se dispensa automáticamente al obligado al pago de la constitución de garantías (en estos casos, ver los dos siguientes apartados).

• Cuando la deuda sea entre 6.000 y 12.000 euros , podrá optar por la fianza personal y solidaria para garantizar el pago, constituida según el modelo aprobado como Anexo II en la Ordenanza municipal general de gestión.

• Cuando la deuda total sea superior a 12.000 euros , compromiso expreso e irrevocable de entidad de crédito o sociedad de garantía reciproca de formalizar aval solidario, o certificado de seguro de caución en garantía de la deuda objeto de aplazamiento/fraccionamiento solicitado. Ante la imposibilidad de aportar dicho compromiso, deberá presentar declaración en la que consten las gestiones efectuadas al respecto, debidamente documentadas, e informe justificativo de la imposibilidad de obtener dicho aval o certificado expedido por la/s entidades de crédito o sociedad de garantía recíproca (Art. 82 de la LGT), si bien podrá proponer otras garantías (hipoteca, prenda, fianza personal y solidaria u otra que se estime suficiente).

• Cuando se solicite la dispensa total o parcial de garantía, deberá aportar:

- Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.

- Declaración de entidad de crédito, o en su defecto, declaración responsable del solicitante, manifestando la imposibilidad de obtener aval de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca, en la que consten las gestiones efectuadas al respecto.

Más información

• Serán inadmisibles las solicitudes: cuando la deuda deba ser declarada mediante autoliquidación y no se presente, cuando la autoliquidación haya sido presentada habiéndose iniciado con anterioridad un procedimiento de comprobación o investigación; y cuando la solicitud sea reiterativa de otra ya denegada, y no contenga una modificación sustancial respecto de la denegada. El acuerdo de inadmisión será recurrible mediante un Recurso de Reposición.

• Cuando se opte por fianza personal y solidaria, deben pedir cita para la firma de los fiadores (Tfno. 916597600 Ext.2158), advirtiéndole de que la condición de fiador debe recaer en 2 personas físicas o jurídicas que no tengan la condición de interesados en el procedimiento y que estén al corriente de pago con el Ayuntamiento y presenten una situación económica que les permita asumir el pago de la deuda.

Archivos

Modelo de instancia general para tramitación presencial

TE01.3 MODELO FIANZA PARA APLAZAMIENTO-FRACCIONAMIENTO DE PAGO

IG04 COMUNICACION ALTA DATOS BANCARIOS DEVOLUCION INGRESOS INDEBIDOS

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Si dispone del DNI electrónico o un Certificado Digital válido emitido por cualquiera de las entidades de certificación del país puede realizar la solicitud de manera on line:  Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento en periodo ejecutivo.

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Cuánto tardan en contestar

Según normativa aplicable

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Copia de la última declaración IRPF o certificado de no estar obligado a hacerla y cualquier información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Obligatorio

A aportar según el caso

Copia de la última declaración IRPF o certificado de no estar obligado a hacerla y cualquier información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Copia de la última declaración del Impuesto de Sociedades.

Obligatorio

A aportar según el caso

Copia de la última declaración del Impuesto de Sociedades.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Copia del balance del último ejercicio.

Obligatorio

A aportar según el caso

Copia del balance del último ejercicio.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Copia del balance y cuenta de resultados de los tres últimos años e informe de auditoría si existe.

Obligatorio

A aportar según el caso

Copia del balance y cuenta de resultados de los tres últimos años e informe de auditoría si existe.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Obligatorio

A aportar según el caso

Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Orden de domiciliación bancaria.

Obligatorio

Orden de domiciliación bancaria.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Justificantes que acrediten dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en los plazos establecidos.

Obligatorio

Justificantes que acrediten dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en los plazos establecidos.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Copia de la autoliquidación.

Obligatorio

A aportar según el caso

Copia de la autoliquidación.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Compromiso expreso e irrevocable de entidad de crédito o sociedad de garantía reciproca de formalizar aval solidario, o certificado de seguro de caución en garantía de la deuda objeto.

Obligatorio

A aportar según el caso

Compromiso expreso e irrevocable de entidad de crédito o sociedad de garantía reciproca de formalizar aval solidario, o certificado de seguro de caución en garantía de la deuda objeto.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fianza personal y solidaria para garantizar el pago, constituida según el modelo aprobado como Anexo II en la Ordenanza municipal general de gestión.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fianza personal y solidaria para garantizar el pago, constituida según el modelo aprobado como Anexo II en la Ordenanza municipal general de gestión.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.

Obligatorio

A aportar según el caso

Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Declaración de entidad de crédito, o en su defecto, declaración responsable del solicitante.

Obligatorio

A aportar según el caso

Declaración de entidad de crédito, o en su defecto, declaración responsable del solicitante.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Normativa

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

(Artículo 5)

Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio

(Norma completa)

Ordenanzas Fiscales 2026

(Norma completa)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200526. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.