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Reclamaciones y recursos

Solicitud de Responsabilidad Patrimonial

En resumen

Para quién: Personas que han sufrido daños en sus bienes o lesiones por el funcionamiento de los servicios municipales y quieren reclamar una indemnización.

Reclamación al Ayuntamiento por daños causados por sus servicios. Se presenta el modelo de reclamación por daños con la factura o presupuesto de la reparación y pruebas (fotos, informes) si son daños en bienes, o con una valoración aproximada y partes médicos si son lesiones. Se resuelve en 6 meses y, si no hay respuesta, se entiende desestimada. Se tramita en la sede electrónica.

Qué es

Este procedimiento permite tramitar los expedientes relacionados con la responsabilidad patrimonial, tanto aquellos que presenten los ciudadanos interesados como los que pida la entidad a otras administraciones públicas.

Requisitos

Según la normativa aplicable la iniciación de este procedimiento podrá ser tanto de oficio como a instancia de parte.

Plazo

Continuo

Observaciones

Documentación:

• Modelo de Reclamación por daños.

• Si los daños han sido en los bienes deberá presentar:

-Factura del importe de la reparación, presupuesto debidamente elaborado o cualquier otro documento análogo, además de documento acreditativo del nexo causal (si existiera: fotos, informes, etc.).

• Si los daños ha sido causados en las personas:

-Valoración aproximada del importe que se considera indemnizable, partes e informes médicos acreditativos de las lesiones sufridas.

Cuánto tardan en contestar

6 Meses

Si no contestan

Desestimatorio

Normativa

Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado.

(Norma completa)

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas.

(Art. 13, Art. 3, Art. 61, Art. 67, Art. 86, Art. 91, Art. 96, Arts. 64-65, Arts. 81-82)

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

(Arts. 9 y 66)

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

(Arts. 32-37)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

(Art. 21.1.k, Art. 22.2.j)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3195001. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.