Obras, urbanismo y vivienda
Informe de Evaluación del Edificio (IEE)
En resumen
Para quién: Comunidades de propietarios y dueños únicos de edificios de viviendas colectivas de más de 30 años, o que vayan a pedir ayudas para obras de mejora.
Presenta el informe técnico sobre conservación, accesibilidad y eficiencia energética del edificio. Es obligatorio para edificios incluidos en el listado anual del Ayuntamiento (publicado en el BOCM) y antes de pedir ayudas públicas para obras de conservación, accesibilidad o eficiencia. Lo hace un técnico competente con la aplicación iee.fomento.gob.es y se presenta en los 3 meses siguientes a la visita de inspección. Se adjunta en la sede electrónica con Cl@ve, certificado o DNI electrónico.
Qué es
•Es un documento técnico en el que se recoge el estado en que se encuentran los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, respecto de su conservación, cumplimiento de la normativa de accesibilidad, así como su grado de eficiencia energética.
•Están obligados a su presentación los propietarios únicos de edificios, las Comunidades de Propietarios y las agrupaciones de Comunidades de Propietarios. El informe debe encargarse a un técnico competente.
•Es obligatorio también, independientemente de la tipología de edificación, presentarlo con carácter previo a la solicitud de cualquier tipo de ayudas públicas para obras de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.
Requisitos
Sin requisitos específicos.
Unidad responsable y contacto
Licencias de Obras
Documentación
Puede obtener más información en la página web de la Comunidad de Madridsobre el procedimiento, forma de tramitación y Manual de Usuario de la aplicación informática, en el que se indican las especificaciones a tener en cuenta para elaborar el Informe de Evaluación del Edificio.
Plazos
El Ayuntamiento aprobará anualmente el listado de los inmuebles sujetos al Informe de Evaluación del Edificio, que será publicado en el BOCM y en esta Sede Electrónica municipal. No obstante, los propietarios podrán presentarlo de forma voluntaria con anterioridad a la fecha que establezca el Ayuntamiento.
La presentación debe realizarse en el plazo máximo de 3 meses desde la visita de inspección al inmueble.
Más información
Requisitos:
• Edificios de tipología residencial de vivienda colectiva (más de una vivienda) con antigüedad superior a 30 años.
• El informe debe encargarse a un técnico competente o entidad de inspección técnica homologada y registrada. Esta información la puede obtener en los Colegios oficiales correspondientes.
• Se debe realizar mediante la aplicación informática iee.fomento.gob.es
Relación de edificios de IEE 2026
Relación de edificios de IEE 2025
Plazo
Continuo
Cómo se tramita
Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede adjuntar al trámite electrónico la documentación que se indica más arriba.
Cuánto tardan en contestar
Según normativa aplicable
Documentación Obligatoria
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
La documentación generada por la aplicación informática iee.fomento.gob.es: archivo tipo referenciacatastral.iee, archivo referenciacatastral.pdf
Obligatorio
La documentación generada por la aplicación informática iee.fomento.gob.es: archivo tipo referenciacatastral.iee, archivo referenciacatastral.pdf firmado por técnico competente y por la propiedad o su representante legal y archivo referenciacatastralDR.pdf
Requisito de Validez: Original o copia auténtica
Ver normativa [#]
Hoja de chequeo informe de evaluación de edificios
Obligatorio
Hoja de chequeo informe de evaluación de edificios
Requisito de Validez: Original o copia auténtica
Ver normativa [#]
Normativa
(Norma completa.)
Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3195110. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.