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Coche, tráfico y aparcamiento

Pago de multas de tráfico

En resumen

Para quién: Personas que han recibido una multa de tráfico del Ayuntamiento de Alcobendas y quieren pagarla.

Si pagas en los 20 días naturales siguientes a recibir la notificación, en la mayoría de infracciones tienes una reducción del 50%, pero renuncias a alegar; después pagas el 100%, y si no pagas pasa a Recaudación con recargos. No se puede aplazar ni fraccionar. Se paga en línea (te llega el justificante por correo electrónico), en un banco colaborador o por giro postal indicando el número de expediente y la matrícula.

Qué es

Si ha recibido una multa y quiere abonarla, es importante tener en cuenta que el plazo para realizar el pago es de 20 días naturales contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. En este plazo tiene la posibilidad de pagar el importe con una reducción del 50% (la posibilidad del pago con reducción se aplica a la mayoría de las infracciones).

Una vez pasados estos 20 días:

Solo podrá abonar el 100% del importe de multa.

Una vez la sanción sea firme y no se haya realizado el pago, pasará a la Recaudación Municipal y se aplicarán los recargos correspondientes.

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Tráfico, Movilidad y Transportes

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Acceda al pago de la multa en periodo voluntario  (recibirá en su correo electrónico el justificante de pago).

Una vez recibida la notificación  en cualquier entidad bancaria colaboradora o bien por giro postal, especificando con claridad el nº de expediente y matrícula.

Plazos

Una vez recibida la primera notificación dispone usted de 20 días naturales para pagar con una reducción del 50%, transcurrido ese plazo deberá abonar el importe completo hasta que la multa pase a la vía ejecutiva, en esa vía deberá pagar con los recargos correspondientes.

Más información

Si el agente le efectúa la notificación completa en el acto, deberá dirigirse a la Oficina de Atención al Ciudadano del sancionador de Tráfico para retirar el documento que le permitirá realizar el pago según lo indicado más arriba.

Si la notificación no ha sido efectuada en el acto o no constan en ella todos los datos debe esperar a recibir la notificación de denuncia.

Si paga con reducción se entiende que renuncia a presentar alegaciones. Por lo tanto, cualquier recurso o alegación que presente tras haber pagado la multa en período voluntario, no tendría efecto. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierde el derecho al descuento del 50%, por lo que, si su alegación es desestimada, deberá pagar el 100% de la sanción.

Recuerde que no está contemplada la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento del importe de la multa.\

Si tiene dudas contacte con la Oficina de Atención al Ciudadano del sancionador de Tráfico

Dudas sobre multas de tráfico

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Normativa

Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

(NORMA COMPLETA)

Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

(Norma completa.)

Reglamento General de Circulación

(Norma completa.)

Ordenanza reguladora de la movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas

(Norma completa)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3210338. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.