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Impuestos, tasas y pagos

Solicitud de exención tributaria de la Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos de competencia local

En resumen

Para quién: Titulares de inmuebles que cumplen los requisitos legales para no pagar la tasa de basura, como los centros docentes con concierto educativo.

Solicitud gratuita de exención de la tasa de gestión de residuos. Hay que pedirla expresamente con la documentación que acredite el requisito (por ejemplo, el certificado de concierto educativo de la Comunidad de Madrid), hasta el 31 de diciembre del año anterior. La exención se aplica desde el ejercicio siguiente y no es retroactiva. Se presenta en línea con certificado digital o DNI electrónico y se resuelve en 6 meses.

Qué es

De oficio:

Los que sean propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la Defensa Nacional.

Los bienes comunales y los montes vecinales en mano común.

Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, y los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución.

Los de la Cruz Roja Española.

Los inmuebles a los que sea de aplicación la exención en virtud de convenios internacionales en vigor y, a condición de reciprocidad, los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a sus organismos oficiales.

La superficie de los montes poblados con especies de crecimiento lento reglamentariamente determinadas, cuyo principal aprovechamiento sea la madera o el corcho, siempre que la densidad del arbolado sea la propia o normal de la especie de que se trate.

Los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos terrenos, que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable para la explotación de dichas líneas. No están exentos, por consiguiente, los establecimientos de hostelería, espectáculos, comerciales y de esparcimiento, las casas destinadas a viviendas de los empleados, las oficinas de la dirección ni las instalaciones fabriles

A instancia de parte:

Los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a la superficie afectada a la enseñanza concertada.

Esta exención deberá ser compensada por la Administración competente.

Los declarados expresa e individualizadamente monumento o jardín histórico de interés cultural, mediante Real Decreto en la forma establecida por el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, e inscritos en el Registro General a que se refiere su artículo 12 como integrantes del Patrimonio Histórico Español, así como los comprendidos en las disposiciones adicionales primera, segunda y quinta de dicha Ley.

Esta exención no alcanzará a cualesquiera clases de bienes urbanos ubicados dentro del perímetro delimitativo de las zonas arqueológicas y sitios y conjuntos históricos, globalmente integrados en ellos, sino, exclusivamente, a los que reúnan las siguientes condiciones:

Requisitos

En las exenciones rogadas, solicitud expresa de exención aportando documentación acreditativa de cumplir el requisito para su disfrute.

Plazo

Continuo

Precio

Gratuito

Más información

• La bonificación será de hasta un 50% en la cuota íntegra del impuesto

• El plazo de disfrute de la bonificación comprenderá desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras, hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante este tiempo se realicen obras de urbanización o de construcción efectiva, y sin que, en ningún caso pueda exceder de tres periodos impositivos.

• Este beneficio fiscal no será compatible con cualquiera de las bonificaciones establecidas en el impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO)

Plazos

Hasta el 31 de diciembre del año anterior a la aplicación de la exención

Cómo se tramita

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede realizar su solicitud on-line

.

Cuánto tardan en contestar

6 Meses

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Certificado de concierto educativo

Obligatorio

Certificado de la Consejería que proceda de la Comunidad de Madrid

Requisito de Validez: Original o copia auténtica

Ver normativa [#]

Normativa

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

(Art. 6.1.; 62)

Ordenanza Fiscal nº 4.1 Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

(Art. 5)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3285268. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.