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Reclamaciones y recursos

Recurso extraordinario de revisión Impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

En resumen

Para quién: Interesados en una plusvalía municipal ya firme que descubren documentos nuevos o una sentencia que demuestra un error, falsedad o delito en ella.

Recurso excepcional contra actos firmes del impuesto de plusvalía cuando aparecen documentos esenciales posteriores, o una sentencia firme declara falsos los documentos usados o que hubo prevaricación, cohecho u otro delito. Se presenta en tres meses desde que se conocen los documentos o es firme la sentencia, con las pruebas que se tengan; no suspende el acto y se resuelve en 6 meses. Se tramita en la sede electrónica.

Qué es

Este recurso podrá interponerse por los mismos interesados que en el recurso de alzada ordinario. En este recurso no cabe la suspensión del acto impugnado.

Plazos

El plazo de interposición será de tres meses desde que se conozcan los documentos o desde que quedó firme la sentencia judicial.

Documentación

Cuantos documentos estimen de prueba a sus pretensiones

Plazo

Continuo

Cuánto tardan en contestar

6 Meses

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Recurso.

Obligatorio

Recurso.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Normativa

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

(Art. 244.)

Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

(Arts. 62 y 63.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200738. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.