Medio ambiente y barrio
Poda de arbolado en zonas privadas
En resumen
Para quién: Propietarios y comunidades con árboles en jardines o zonas privadas que quieren podarlos.
Las podas de mantenimiento y formación en zonas privadas no necesitan autorización municipal, pero deben hacerlas personas cualificadas; están prohibidas las podas drásticas como desmoches y terciados. En el Distrito Urbanizaciones, los restos de hasta 1 m3, atados en haces, se recogen llamando al 900 70 30 10. La gestión es gratuita, en línea con certificado digital o en el Servicio de Atención Ciudadana.
Qué es
Estas actuaciones de poda no precisan de autorización municipal.
Podas autorizadas:
Para la poda, se cumplirá de forma general lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
• Unicamente se podrán practicar podas de mantenimiento y formación y siempre considerando las características fisiológicas de la especie a podar.
• Se eliminarán las ramas enfermas con riesgo de fractura, ramas molestas para las viviendas próximas, ramas muy bajas que puedan afectar a la vía pública, etc.
• La poda debe ser realizada por personal cualificado que aplique las técnicas correctas en cada caso: empleo de buenas herramientas, cortes limpios y en las zonas adecuadas, etc.
• En casos particulares se consultarán los servicios técnicos municipales, quienes valorarán el criterio de poda a realizar.
Podas prohibidas:
• Se prohíben las podas severas y drásticas tales como desmoches y terciados, ya que reducen la esperanza de vida de los árboles
Retirada de residuos:
• Para la retirada de los restos de poda, únicamente en el Distrito Urbanizaciones, siempre que el volumen de estos residuos no sea superior a 1 m3, pueden ponerse en contacto en el teléfono 900 70 30 10. Los restos de poda se presentarán atados en haces que no superen el metro de longitud, ni los 30 Kg. de peso.
Requisitos
Sin requisitos específicos.
Unidad responsable y contacto
Medio Ambiente.
Plazo
Continuo
Precio
Gratuito.
Plazos
Inmediato.
Cómo se tramita
Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede cumplimentar la instancia de manera on line .
Normativa
Ley 8/2005 de 26 de diciembre de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
(Norma completa.)
Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200361. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.