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Alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para gestorías, personas jurídicas y personas físicas con representante

En resumen

Para quién: Gestorías, empresas y personas que dan de alta un vehículo en nombre de otra persona.

Alta en el impuesto municipal de vehículos, antes de la matriculación en Tráfico, de vehículos nuevos o matriculados por primera vez en España cuando se actúa en representación de una empresa o de otra persona. Hay que aportar la ficha técnica, el documento de representación y el DNI o CIF del representado. La cuota depende del tipo y la potencia y se prorratea por trimestres. En línea con certificado digital o DNI electrónico, o en el Servicio de Atención Ciudadana.

Qué es

Se deben dar de alta en el impuesto municipal, los vehículos nuevos y los vehículos que se matriculan por primera vez en España .

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Ingresos Generales.

Documentación

Documentación a aportar para el trámite presencial:

♦ Vehículos nuevos y extranjeros:

ο Fotocopia ficha técnica totalmente legible.

o Fotocopia del Dni o Cif del interesado.

♦ Menores:

ο Autorización del padre, madre o tutor y fotocopia del DNI de éste.

Documentación a aportar para el trámite telemático:

-  Fotocopia de la ficha técnica

Si va a realizar el alta a nombre de terceros deberá aportar documentos de representación y fotocopia DNI /CIF de representado.

Plazo

Continuo

Precio

Tenga en cuenta para Vehículos Mixtos adaptables o derivados de turismo :

Deberá marcar una de las siguientes opciones, según el campo "Clasificación del vehículo" de la tarjeta/documentación y su actividad:

- Derivado de turismo (internamente tributará como camión).

- Vehículo mixto adaptable (internamente tributa como turismo).

- Vehículo mixto adaptable + tarjeta Transporte o alta IAE* (interna. tributa como camión) alta IAE* : Altas en las agrupaciones 61,62,63, grupo 654, grupo 655 de la división 6ª, divisiones 7ª, 8ª y 9ª de la Sección 1ª .

La tarjeta de transporte deberá aportarse en el plazo máximo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de matriculación del vehículo.

En el caso de Cuatriciclos y Quads tenga en cuenta :

Los dos primeros números del apartado de clasificación del vehículo que aparece en la tarjeta de inspección técnica para poder marcar una de las siguientes opciones:

• Dos primeros dígitos igual a 03

• Dos primeros dígitos igual a 06

• Dos primeros dígitos igual a 10

• Dos primeros dígitos igual a 64 ó 66

♦ Turismos:

ο De menos de 8 caballos fiscales: 18,85 euros.

ο De 8 hasta 11,99 caballos fiscales: 45,30 euros.

ο De 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 93,75 euros.

ο De 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 135,45 euros.

ο De 20 en adelante caballos fiscales: 163,95 euros.

♦ Autobuses:

ο De menos de 21 plazas: 125,90 euros.

ο De 21 a 50 plazas: 179,30 euros.

ο De más de 50 plazas: 224,10 euros.

♦ Camiones:

ο De menos de 1.000 kg. de carga útil: 56,80 euros.

ο De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil: 125,90 euros.

ο De 2.999 a 9.999 kg. de carga útil: 179,30 euros.

ο De más de 9.999 kg. de carga útil: 224,10 euros.

♦ Tractores :

ο De menos de 16 caballos fiscales: 26,70 euros.

ο De 16 a 25 caballos fiscales: 41,95 euros.

ο De más de 25 caballos fiscales: 125,90 euros.

♦ Remolques y Semirremolques de más de 750 Kg., arrastrados por vehículos de tracción mecánica:

ο De 750 a 1.000 kg. de carga útil: 26,70 euros.

ο De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil: 41,95 euros.

ο De más de 2.999 kg. de carga útil: 125,90 euros.

♦ Otros vehículos :

ο Ciclomotores: 6,70 euros.

ο Motocicletas de hasta 125 c.c.: 6,70 euros.

ο Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c.: 11,45 euros.

ο Motocicletas de más de 250 hasta 500 c.c.: 22,90 euros.

ο Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 c.c.: 45,80 euros.

ο Motocicletas de más de 1.000 c.c.: 91,50 euros.

ο Cuatriciclos:

a) Menor de 50 cm3: tributa como ciclomotor

b) Mayor de 50 cm3 y masa en vacío inferior a 400 Kg: tributa como motocicleta

c) En el resto de supuestos tributa como turismo de menos de 8 caballos fiscales.

ο Quad: Tributan como tractores (caballos fiscales).

Más información

• Posteriormente al alta del vehículo en este impuesto municipal, deberá efectuar los trámites de matriculación en la Jefatura de Tráfico.

El importe de la cuota del impuesto se prorratea por trimestres naturales en casos de vehículos de nueva adquisición.

Consulte los vehículos exentos del pago del Impuesto

Cómo se tramita

Es necesario certificado digital o D.N.I. electrónico. Seleccione la opción que corresponda:

- Alta personas físicas en su propio nombre (SIN REPRESENTACIÓN)

enlace - Altas de vehículos mediante representante y altas de personas jurídicas (CON REPRESENTACIÓN)

CON REPRESENTACIÓN: Se deberá utilizar este trámite cuando se actúa tanto en representación de empresas (personas jurídicas) como en representación de otras personas físicas.

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Cuánto tardan en contestar

3 Meses

Normativa

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

(Arts. 92 a 99.)

Ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200288. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.