Participación y asociaciones
Solicitud de subvenciones a asociaciones del ámbito de la protección social y mayores
En resumen
Para quién: Asociaciones sin ánimo de lucro inscritas en el registro municipal con proyectos de protección social (discapacidad) o de personas mayores.
Subvención para actividades de atención a personas con discapacidad y de participación y convivencia de mayores. Ya hay decreto de concesión definitiva: ahora toca justificar, hasta el 6 de noviembre de 2026, con la cuenta justificativa y la relación de gastos (no valen facturas abonadas después del 31 de octubre de 2026). Se presenta solo por vía electrónica con certificado digital.
Qué es
Podrán solicitar subvención las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas, que tengan un fin social y que desarrollen proyectos en los ámbitos de Protección Social y Personas Mayores.
A tal fin, se consideran subvencionables las siguientes actividades:
Protección Social:
- Actividades promovidas por asociaciones dirigidas a la atención de personas con discapacidad y específicamente las de rehabilitación, apoyo psicosocial y grupos de autoayuda.
- Actividades que favorezcan su integración y participación en la vida social, así como las que promuevan la autonomía personal, bienestar social de las familias y calidad de vida de las personas con discapacidad.
Personas Mayores:
- Actividades que promuevan el asociacionismo y la participación de las personas mayores en la vida social del municipio.
- Actividades que potencien la convivencia, socialización, creatividad, desarrollo personal, bienestar social y calidad de vida de los mayores asociados.
Plazo de presentación de la justificación:
Hasta el 6 de noviembre de 2026
No se admitirá ninguna factura abonada con posterioridad al 31 de octubre de 2026
Requisitos
Las solicitud, junto con la documentación exigida en las bases de la convocatoria, deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos haciendo uso del certificado digital.
Las actividades de índole cultural propuestas para celebrar las fiestas del municipio con iniciativa desde el Ayuntamiento (Virgen de la Paz, Desfile Carnaval, San Isidro, Navidad-Cabalgata de Reyes), y otras actividades y programas culturales, se presentarán según convocatoria y plazos estipulados desde la Delegación de Cultura, siendo ellos los encargados de su gestión, resolución y justificación.
Unidad responsable y contacto
Dirección General de Bienestar Social.
Documentación
Decreto de concesión definitivo
La documentación a presentar en esta fase de justificación es la siguiente:
- ANEXO I: CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA
- ANEXO II: RELACIÓN DE GASTOS
ANEXO II-A . Relación clasificada de gastos.
ANEXO II-B . Relación clasificada de gastos de personal (si es el caso).
Plazo de presentación de la justificación:
Hasta el 6 de noviembre de 2026
No se admitirá ninguna factura abonada con posterioridad al 31 de octubre de 2026
Más información
En esta Guía de justificación puede encontrar información relevante y ayuda para llevar a cabo el proceso de justificación
Plazo
Continuo
Cómo se tramita
Normativa
Decreto de convocatoria subvenciones de protección social y mayores
(Todos)
(Norma completa.)
Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200698. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.