Empresas y comercio
Subvenciones para establecimientos comerciales, hosteleros y de servicios del municipio de Alcobendas
Plazo finalizado
En resumen
Para quién: Pequeñas empresas y autónomos con local comercial, hostelero o de servicios en Alcobendas.
Subvención para compensar parte de los gastos de mantenimiento del local. Hay que tener actividad y local en Alcobendas, estar de alta en Seguridad Social y Hacienda, ser pequeña empresa (menos de 50 trabajadores) y estar al corriente de pagos; una solicitud por persona. La presentación electrónica fue del 20 al 31 de agosto de 2026. La resolución se publica en la BDNS y el tablón municipal, sin notificación individual.
Qué es
La finalidad de esta convocatoria es apoyar la continuidad y sostenibilidad del tejido comercial minorista, hostelero y de servicios de Alcobendas, compensando parte de los gastos estructurales esenciales asociados al mantenimiento del local donde se desarrolla la actividad económica.
Requisitos
Requisitos generales:
- Estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Alcobendas, o haber obtenido concesión de aplazamiento o fraccionamiento de deudas.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
Requisitos específicos.
Podrán ser beneficiarios las empresas y empresarios autónomos en quienes concurran todas y cada una de las siguientes circunstancias:
- Desarrollar una actividad económica en Alcobendas. (Se acreditará esta circunstancia mediante el certificado de situación censal).
- Disponer de local comercial en Alcobendas. (Se acreditará esta circunstancia mediante la licencia de actividad municipal o declaración responsable).
- Estar de alta en Seguridad Social el momento de la solicitud de la subvención.
- Estar constituidas como:
A) Persona física (empresario individual) o entidad económica sin personalidad jurídica (Comunidades de Bienes, Sociedades civiles).
B) Persona jurídica: sociedad mercantil, incluidas las sociedades mercantiles especiales (Sociedades laborales y Cooperativas).
- Tener la calificación de pequeña empresa según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión. (Aquellas que ocupan a menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros).
- Estar dadas de alta en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria y así como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidad profesional correspondiente, si se trata de personas físicas, o en el régimen que corresponda a los socios trabajadores en el caso de personas jurídicas. Ambos requisitos han de cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud.
Solo podrá presentarse una solicitud por persona física con independencia del número de actividades económicas en las que esté dado de alta, debiendo identificar correctamente en su solicitud, aquella actividad con la que concurre.
Unidad responsable y contacto
Dirección General de Desarrollo Económico, Fomento del Empleo y Comercio
Documentación
Consulte guía práctica para la presentación de solicitudes.
Anexo I: Memoria resumen de gastos subvencionables.
Anexo II: Tabla Excel con la relación de gastos e inversiones.
Anexo III: Declaración responsable.
Más información
Forma de contestación :
La resolución definitiva se publicará en la Base Datos Nacional de Subvenciones. Además, se podrá consultar en el Tablón electrónico del Ayuntamiento de Alcobendas. Surtiendo los efectos de notificación a los interesados conforme lo establecido en el artículo 45.1 letra b de la LPAC. En ningún caso se realizará notificación individual al interesado.
Correo electrónico y teléfono de ayuda
subvencionesempresas@alcobendas.org 916597600 ext. 52666, 52205, 52518 y 682101469
Plazo
Sujeto a anuncio general y convocatoria
Cómo se tramita
Excepcionalmente en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana
Normativa
(Norma completa)
Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
(Norma completa)
Ley 38/2003 General de Subvenciones
(Norma completa)
Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(Norma completa)
Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local
(Norma completa)
(Norma completa)
(Norma completa)
Reglamento General de Subvenciones R.D. 887/2006
(Norma completa)
Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3285053. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.