Empresas y comercio
Adhesión a la Junta Arbitral de Consumo por parte de las empresas y comercios del municipio
En resumen
Para quién: Empresas, comercios y profesionales de Alcobendas que quieren adherirse al arbitraje de consumo.
Al adherirte a la Junta Arbitral de Consumo te comprometes de antemano a resolver por arbitraje los conflictos con tus clientes, y a cambio puedes usar y mostrar en el establecimiento el distintivo oficial, que da confianza a los consumidores. Se presenta la solicitud de adhesión en línea con Cl@ve o certificado digital, o en el Servicio de Atención Ciudadana, y es inmediato.
Qué es
Es un sistema rápido para solucionar los conflictos entre los consumidores y empresarios de Alcobendas, con las garantías y derechos que han de reconocerse a ambas partes, teniendo entre otras las siguientes funciones:
Fomento y formalización de convenios arbitrales.
Mediación respecto de los conflictos planteados.
Confeccionar y actualizar el censo de empresas adheridas, dando publicidad a las empresas o profesionales adheridos.
Requisitos
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, toda persona jurídica o física podrá dirigirse a la Administración presentando las solicitudes, comunicaciones y escritos que considere oportunos, tan solo deberán de cumplir estos con el contenido mínimo regulado en dicha normativa.
Unidad responsable y contacto
Consumo.
Documentación
Solicitud de adhesión .(Le recomendamos que descargue el impreso y lo guarde en su equipo antes de cumplimentarlo).
Plazos
Inmediato
Más información
Si bien los empresarios pueden participar en el Arbitraje de Consumo mediante la aceptación, en cada caso, del arbitraje propuesto por un consumidor, pueden asimismo, con antelación, adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, mediante la formalización de una "Oferta Pública de Sometimiento o Compromiso de Adhesión". Esto significa que el empresario acepta de antemano dirimir en el Sistema Arbitral de Consumo todas las controversias que tenga con los consumidores.
Las ventajas de adherirse al arbitraje para los empresarios supone la obtención de una mayor garantía de productos y servicios y la confianza de los consumidores, pues conocen de antemano que ese establecimiento tiene interés en solucionar cualquier conflicto que se pueda suscitar a través de una vía sencilla como es el arbitraje de consumo, y a su vez para el empresario supone una publicidad de mejor servicio, pudiendo utilizar en sus comunicaciones comerciales el distintivo oficial concedido e incorporarlo en su establecimiento.
Plazo
Continuo
Cómo se tramita
Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico puede adjuntar el formulario de solicitud y la documentación correspondiente de manera on line.
Cuánto tardan en contestar
Según normativa aplicable
Documentación Obligatoria
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Solicitud de adhesión al sistema de consumo
Obligatorio
Requisito de Validez: Original o copia auténtica
Ver normativa [#]
Normativa
Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.
(Norma completa.)
Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
(Norma completa.)
Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3210559. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.