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Animales

Licencia y registro de perros potencialmente peligrosos

En resumen

Para quién: Mayores de edad que viven en Alcobendas y tienen, pasean o cuidan un perro de raza o características potencialmente peligrosas.

Licencia obligatoria para tener o pasear perros potencialmente peligrosos (Pit Bull, Rottweiler, Akita Inu…), que hace falta para cada persona que lo pasee. Se pide sin antecedentes penales, con certificado de aptitud física y psicológica, seguro de responsabilidad civil de al menos 120.000 €, microchip y cartilla del perro. Es gratuita, vale cinco años y se hace en línea (Cl@ve, certificado o DNI electrónico) o en Atención Ciudadana; se resuelve en 20 días hábiles.

Qué es

Con el fin de garantizar la seguridad pública, se dictó la Ley 50/1999 así como sus posteriores desarrollos reglamentarios, donde se regula la obligación de obtener licencia y su posterior registro de perros que, por pertenecer a especies o razas, por su carácter agresivo, tamaño, potencia de mandíbula, etc. tengan capacidad de causar muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

Son razas potencialmente peligrosas:

• American Stafflordshire Terrier.

• Pit Bull Terrier.

• Dogo Argentino.

• Fila Brasileiro.

• Rottweiler.

• Staffordshire Bull Terrier.

• Tosa Inu.

• Akita Inu.

Asimismo, los perros que presenten las siguientes características también deberá solicitar la correspondiente licencia y registro:

• Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robustez, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.

• Marcado carácter y gran valor.

• Pelo corto.

• Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura en cruz entre 50 y 70 centímetros, y peso superior a 20 kg.

• Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.

• Cuello ancho, musculoso y corto.

• Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.

• Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Requisitos

Requisitos:

- Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.

- Residir en el municipio.

- No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.

- Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales peligrosos.

Unidad responsable y contacto

Medio Ambiente.

Plazo

Continuo

Precio

Gratuito.

Más información

La licencia se otorga por el ayuntamiento del municipio donde reside el solicitante.

Cada persona que pasee el perro (aunque sea de la misma familia), deberá obtener la Licencia de Tenencia de Perro Potencialmente Peligroso. No será necesario presentar la documentación referida al animal si ya ha sido presentado anteriormente por un familiar o acompañante. En ese caso deberá indicarnos el número o nombre del titular de la Licencia.

Deberán de contar asimismo con la licencia de tenencia de perro potencialmente peligroso aquellas otras personas que sin ser propietarios ni poseedores se dediquen en propio interés o por cuenta de un tercero al cuidado. mantenimiento. educación o entrenamiento de perros potencialmente peligrosos

La licencia tendrá un periodo de validez de cinco años, debiendo ser renovada transcurrido este plazo, presentando de nuevo toda la documentación.

Cualquier variación de los datos que figuren en la licencia, así como en el Registro de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, deben ser comunicados por su titular.

En los certificados de capacidad física y psicológica debe constar que no padece enfermedad o deficiencia alguna de carácter orgánico o funcional (visual, auditiva, locomotora, neurológica, etc.), así como trastornos mentales y de conducta, dificultades psíquicas, o cualquier otra afección. Para la obtención de estos certificados, pueden dirigirse a los centros reconocidos que emiten certificados similares para por ejemplo: carné de conducir, permiso de armas, etc.

En el trámite telemático se deberán de enviar todos los documentos escaneados en formato .pdf

Cómo se tramita

Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede realizar el trámite on-line

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Cuánto tardan en contestar

20 Días hábiles

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Certificado negativo de antecedentes penales.

Obligatorio

Certificado negativo de antecedentes penales.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

DNI/NIE o Pasaporte.

Obligatorio

DNI/NIE o Pasaporte.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Certificado de capacidad física y de aptitud psicológica, expedido por un centro de reconocimiento debidamente autorizado. Este certificado no puede tener más de un año de antigüedad.

Obligatorio

Certificado de capacidad física y de aptitud psicológica, expedido por un centro de reconocimiento debidamente autorizado. Este certificado no puede tener más de un año de antigüedad.

Requisito de Validez: Original o copia auténtica

Ver normativa [#]

Póliza del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, con una cobertura no inferior a 120.000 €, así como recibo de estar al corriente de pago.

Obligatorio

Póliza del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 euros), así como recibo de estar al corriente de pago. En el caso de que el seguro no estuviera a nombre del solicitante, documento acreditativo de la compañía aseguradora que certifique que la póliza cubre al interesado.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Certificación de Identificación (Microchip) del perro.

Obligatorio

Certificación de Identificación (Microchip) del perro.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Cartilla de vacunación del perro actualizada.

Obligatorio

Cartilla de vacunación del perro actualizada.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Certificado veterinario que acredite la situación sanitaria del animal y la existencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso.

Obligatorio

Certificado veterinario que acredite la situación sanitaria del animal y la existencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso (este certificado no puede tener más de un año de antigüedad).

Requisito de Validez: Original o copia auténtica

Ver normativa [#]

Documentación Opcional

Adicionalmente en algunos casos será necesario presentar algunos de los siguientes documentos.

Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, si ha sido expedida por otro municipio.

Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, si ha sido expedida por otro municipio.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Normativa

Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

(Norma completa.)

Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

(Norma completa.)

Decreto 30/2003, de 13 de marzo, por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos.

(Norma completa.)

Ordenanza Municipal de Animales.

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200298. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.