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Obras, urbanismo y vivienda

Declaración responsable para demolición de edificaciones

En resumen

Para quién: Propietarios que van a derribar total o parcialmente un edificio o construcción.

Permiso para demoler total o parcialmente una edificación: con proyecto en general, y sin proyecto si es de menos de 10 m2, solo en planta baja y sin tocar fachada. La obra debe estar vallada y empezar en 6 meses y acabar en un año; los cortes de calle u ocupación de vía pública van aparte. Después hay que declarar la alteración catastral en 2 meses. En línea con certificado digital o DNI electrónico, en Atención Ciudadana o con una entidad colaboradora urbanística.

Qué es

Título habilitante necesario para realizar demoliciones parciales o totales de edificaciones.

Se diferencian dos tipos de demoliciones:

-Demoliciones en general. Con proyecto (obra mayor).

-Demolición de edificaciones de superficie inferior a 10 m2 ubicadas únicamente a nivel de planta baja y que no afecten a fachada. Sin proyecto (obra menor).

El procedimiento para la presentación de la "declaración responsable para demolición de edificaciones", podrá ser tramitado a elección del titular de la actuación, ante:

- el Ayuntamiento

- con intervención de una entidad colaboradora urbanística (ECU).

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Licencias de Obras

Documentación

Declaración de datos y documentación a presentar.

Relación de documentos a presentar (LD04.1n).

En su caso:

• Modelo de representación.

Estudio simplificado de gestión de residuos

Datos del pago

• Demoliciones en general: Consulte importes y formas de pago.

• Demolición de edificaciones de superficie inferior a 10 m2 ubicadas únicamente a nivel de planta baja y que no afecten a fachada: Consulte importes y formas de pago.

Plazos

De acuerdo a lo establecido en el artículo 157.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid, la presentación de la Declaración Responsable en el registro del Ayuntamiento habilita la realización de las obras, la implantación de las instalaciones, así como el ejercicio de la actividad, sin perjuicio de haber obtenido, en su caso, otro tipo de autorizaciones sectoriales necesarias. No obstante, el Ayuntamiento comprobará su conformidad a la normativa aplicable en el plazo de tres meses desde su presentación completa y emitirá acto de conformidad o disconformidad, cuando ello fuera necesario, en el que indicará si dicha Declaración Responsable se ajusta a la normativa vigente de aplicación o no.

Al objeto de garantizar que las obras y la actividad pretendida sean viables se recomienda efectuar consulta a los Servicios Técnicos Municipales con anterioridad a la presentación de la documentación y abono de tasas.

Más información

-Si existieran edificaciones adosadas a medianerías se cuidará especialmente la demolición, evitando daños a las mismas y tratándolas una vez demolida la edificación.

-Durante el proceso de demolición se tomará todas las medidas de seguridad necesarias para evitar que puedan caer a la vía pública materiales o cualquier otro objeto procedente de la obra.

-Tanto en el transcurso de la obra como una vez terminada la misma, durante los tiempos que permanezca sin actividad, quedará totalmente vallada de tal forma que no puedan acceder al interior personas ajenas a la misma. Más información sobre Vallado de obra.

-Este título no ampara aquellos permisos que, como consecuencia de la ocupación de la vía pública o cortes de tráfico, sea necesario tramitar y serán objeto de expediente aparte.

-Las obras autorizadas deberán iniciarse antes de 6 meses desde la presentación de la declaración responsable y se finalizarán en el plazo de un año.

-Cuando exista arbolado público en la proximidad de la obra, deberá protegerse adecuadamente según las normas de protección del arbolado público viario.

-La realización efectiva de las actuaciones objeto de la concesión de esta licencia, conlleva la obligación de presentar la correspondiente Declaración de Alteración Catastral, según establece el art. 76 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en impreso normalizado 904-N, en un plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a la fecha de terminación de las obras.

Horario permitido para realizar obras en el municipio.

Subsanación:

De apreciarse deficiencias en la documentación presentada, se procederá a requerir su subsanación durante un plazo de diez días, con indicación expresa de que, si no lo hiciera, la declaración responsable devendrá ineficaz y se prohibirá el ejercicio de las actuaciones objeto de la misma.

Observaciones:

-En ningún caso podrá entenderse legitimada la ejecución de actuaciones amparadas en una declaración responsable cuando sean contrarias o disconformes con la legalidad urbanística aplicable.

-La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore en la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actuación legitimada, sin perjuicio del resto de responsabilidades conforme a la legislación del procedimiento administrativo común. La resolución administrativa que declare el cese en el ejercicio del derecho podrá determinar la obligación de restituir la situación jurídica al momento previo del inicio de los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo, el subsuelo y el vuelo.

-En el caso de apreciarse incumplimientos o deficiencias esenciales, que no sean susceptibles de subsanación, en particular la incompatibilidad de uso o la existencia de afecciones a la seguridad o al medio ambiente que generen un grave riesgo, se ordenará, previa audiencia al interesado, la paralización de las actuaciones declaradas, sin perjuicio de las responsabilidades indicadas en el apartado anterior. Esta resolución obligará al interesado a restituir el orden jurídico infringido, y podrá determinar la imposibilidad de presentar una nueva declaración responsable con el mismo objeto durante un periodo máximo de un año.

Archivos

DRU demolición de edificaciones [https://www.alcobendas.org/sites/default/files/2021-0

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico  puede cumplimentar el trámite de manera on line

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Normativa

Ley 2/1999, de 17 de marzo, de medidas para la calidad de la edificación

(Norma completa.)

Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.

(Norma completa.)

Real Decreto-Ley 1627/1999, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción

(Norma completa.)

Ordenanza de Edificación, Construcciones e Instalaciones

(Norma completa.)

Ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas

(Norma completa.)

Ordenanza reguladora de la tramitación de títulos habilitantes de naturaleza urbanística y formas de control de la legalidad urbanística

(Norma completa.)

Plan General de Ordenación Urbana

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3195138. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.