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Participación y asociaciones

Subvenciones del ámbito de cultura dirigidas a asociaciones y casas regionales

En resumen

Para quién: Asociaciones y casas regionales beneficiarias de las subvenciones de Cultura 2026.

Con la concesión definitiva publicada, toca justificar con los anexos V y VI: hasta el 5 de noviembre de 2026 las actividades hechas hasta el 31 de octubre, y hasta el 15 de enero de 2027 las de noviembre y diciembre. Con subvenciones de hasta 3.000 € no hay que aportar facturas al principio; si superan 3.000 €, sí, con sus justificantes de pago. Se presenta en línea con firma electrónica.

Qué es

Publicación del Decreto de concesión definitiva de las subvenciones de Cultura 2026 e inicio del trámite de justificación por parte de las asociaciones beneficiarias.

Para realizar este trámite deberán cumplimentar, firmar y presentar los modelos normalizados ANEXO V (Cuenta justificativa simplificada) y ANEXO VI, acompañados, cuando corresponda, de la documentación justificativa exigida en función del importe de la subvención concedida.

Plazo de aportación:

Límite máximo: Hasta el 5 de noviembre de 2026 para actividades realizadas hasta el 31 de octubre de 2026; y hasta el 15 de enero de 2027 para actividades realizadas en noviembre y diciembre de 2026.

Instrucciones de cumplimentación:

• Cumplimentar y firmar electrónicamente los ANEXOS V y VI.

IMPORTANTE

- Subvenciones de hasta 3.000 €: no es necesario aportar inicialmente facturas ni justificantes de pago.

- Subvenciones superiores a 3.000 €: adjuntar en PDF aparte, todas las facturas y sus justificantes de pago, ordenados según la relación de gastos.

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Apoyo Sociocultural.

Documentación

Se puede consultar la documentación en las Bases de la Convocatoria.

Anexo V 2026 cuenta justificativa simplificada

Anexo VI 2026 evidencias de ejecución y difusión de ejecución

Plazos

Plazo presentación justificación: Hasta el 5 de noviembre de 2026 para actividades realizadas hasta el 31 de octubre de 2026; y hasta el 15 de enero de 2027 para actividades realizadas en noviembre y diciembre de 2026.

Más información

Los requisitos a cumplir para solicitar la presente subvención estarán dispuestos en las Bases de la Convocatoria.

Plazo

Continuo

Observaciones

Decreto de concesión definitiva

Normativa

Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana.

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200049. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.