alcobiplazos, planes y avisos de Alcobendas

Empresas y comercio

Ayudas para el impulso del sector de turismo en Alcobendas (comercio, pequeñas empresas y autónomos)

Plazo finalizado

En resumen

Para quién: Pequeñas empresas y autónomos de sectores ligados al turismo con actividad en Alcobendas.

Ayudas de hasta 3.000 € para digitalizar el negocio o modernizar el local, para gastos desde el 1 de enero de 2026. Deben ser pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores) con actividad en Alcobendas y un código CNAE del anexo de la convocatoria. El plazo de 2026 fue del 23 de julio al 23 de agosto de 2026 y ya está cerrado; la resolución se publica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Qué es

Ayudas para impulsar el turismo en Alcobendas, promoviendo que el turista de negocios, deportivo y cultural encuentre servicios de calidad en la ciudad, siendo para ello necesario fomentar la actividad y la modernización de determinados sectores empresariales de interés estratégico.

Requisitos

Para poder ser beneficiario de estas ayudas, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser empresas o empresarios/as individuales dados de alta tanto en actividades empresariales como en actividades profesionales, correspondientes a alguno de los códigos CNAE relacionados en el Anexo I de la presente convocatoria (Actividades Objeto de Subvención) y que ejerzan su actividad en Alcobendas en alguna de las siguientes modalidades:

a) Persona física: empresario individual, sociedad civil o comunidad de bienes.

b) Persona jurídica: sociedad mercantil, incluidas las sociedades mercantiles especiales (Sociedades Laborales y Cooperativas)

Las empresas han de tener la calificación de pequeña empresa conforme a lo establecido en el Anexo I del Reglamento de la Unión Europea número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014: Aquellas que ocupan a menos de 50 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

Unidad responsable y contacto

Dirección General de Desarrollo Económico, Fomento del Empleo y Comercio.

Documentación

Consulte guía práctica para la presentación de solicitudes.

En todos los casos:

1. Solicitud firmada. Las solicitudes se presentarán según el modelo que se adjunta en la presente convocatoria denominado Solicitud de Ayudas para el Impulso del Sector de Turismo en Alcobendas la cual deberá estar debidamente cumplimentada y se acompañará de la siguiente documentación:

2. Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria actualizado.

3. Anexo II. Memoria de actividad

4. Anexo III. Resumen de gastos.

5. Anexo IV. Relación de gastos

6. Anexo V. Declaración responsable.

7. Anexo VI. Datos bancarios

8. Archivo unificado facturas y justificantes de pago.

9. En caso de persona física (autónomo y autónomos societarios) Resolución/certificación de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) o alta en la Mutua profesional correspondiente y copia del último recibo abonado.

10. Escritura de constitución y escrituras de modificación (Sociedades).

11. En el caso de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, la documentación solicitada la han de aportar todas y cada una de las personas comuneras. Asimismo, tanto la solicitud como las declaraciones responsables deberán aportarse firmadas por todas las personas socias.

Además, se aportará fotocopia del contrato de constitución de la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil.

12. Fotocopia del documento que acredite la identidad de la persona promotora o de la que tenga la representación legal de la solicitante.

13. En caso de estar establecido en un Centro de Negocios deberá de presentar Contrato suscrito con dicho Centro de Negocios.

14. Número de Identificación Fiscal de la empresa en caso de personas jurídicas, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.

ÚNICAMENTE para solicitantes que, expresamente, no hayan autorizado su consulta:

15. Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento*.

*En caso de tener concedido favorablemente un aplazamiento previo a la presentación de la solicitud deberá de presentarse junto con el resto de la documentación.

16. Licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento. \

Más información

Correo electrónico y teléfono de ayuda

subvencionesempresas@alcobendas.org   916597600 ext. 52666 y 52205 y 682101469

Forma de contestación:

La resolución definitiva se publicará en la Base Datos Nacional de Subvenciones.  Además, se podrá consultar en el Tablón electrónico del Ayuntamiento de Alcobendas. Surtiendo los efectos de notificación a los interesados conforme lo establecido en el artículo 45.1 letra b de la LPAC. En ningún caso se realizará notificación individual al interesado.

Plazo

Sujeto a anuncio general y convocatoria

Cómo se tramita

Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico o Tarjeta de Alcobendas puede presentar alegaciones de manera on line.

Excepcionalmente en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana.

Decreto resolución

Gastos subvencionables

LÍNEA 1: DIGITALIZACIÓN EMPRESARIAL:

· Gastos relacionados con la creación, desarrollo y/o mantenimiento web/ apps, marketing y publicidad on-line, redes sociales, en los que incurre la empresa para el desarrollo de su negocio.

· Gastos derivados de la pertenencia de la empresa a plataformas o iniciativas dinamizadoras de comercio electrónico que fomenten el consumo y la utilización de las tecnologías entre la ciudadanía.

· Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial.

· Formación en procesos de digitalización comercial y empresarial.

LÍNEA 2: ACONDICIONAMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES.

Gastos derivados de la contratación de servicios profesionales y material encaminados al embellecimiento interior y exterior. (Reformas; instalaciones eléctricas; de agua; aire y calefacción; rótulos; alarmas y sistemas de seguridad, etc.).

Decoración de cierres de los establecimientos. (Gastos derivados de intervenciones artísticas)

Período subvencionable: desde 1 de enero de 2026 hasta el momento de presentación de la solicitud.

Importe de la subvención: Hasta 3.000 €.\

Normativa

Reglamento (UE) 1407/2013 de aplicación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimas (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013)

(Norma completa.)

Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local

(Norma completa.)

Ley 38/2003 General de Subvenciones

(Norma completa.)

Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

(Norma completa.)

Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local

(Norma completa.)

Bases de la convocatoria

(Norma completa.)

Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones en materia de desarrollo económico, fomento del empleo y comercio del Ayuntamiento de Alcobendas. (BOCM 28 de julio de 2014)

(Norma completa.)

Reglamento General de Subvenciones R.D. 887/2006

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200278. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.