Empresas y comercio
Autorización para ejercer la venta del mercadillo municipal en caso de ausencia del titular
En resumen
Para quién: Titulares de un puesto en el mercadillo municipal que quieren nombrar a otra persona para atenderlo.
Permite dar de alta a una persona autorizada para atender el puesto del mercadillo en ausencia del titular. Hay que aportar de esa persona fotocopia del DNI, 2 fotografías y el carné profesional de comerciante ambulante de la Comunidad de Madrid (o el certificado de haberlo solicitado). Se puede pedir todo el año, en línea con Cl@ve, certificado o DNI electrónico, o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana.
Qué es
El 7 de diciembre de 2013 se publico en el B.O.C.M. la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante en el Mercadillo Municipal en la que se establece en su art. 15.6 que “cada titular podrá nombrar a una persona autorizada con objeto de atender los puestos de venta. Será obligatoria la permanencia del titular o del autorizado durante las horas de funcionamiento del mercadillo, salvo causa de fuerza mayor o enfermedad acreditada”.
En dicho sentido, en su art. 6.6 se indica que “ la asistencia del titular de la autorización ha de ser regular. La falta de asistencia del titular o del autorizado, durante cuatro lunes consecutivos o seis alternos en un periodo de tres meses al mercadillo sin la debida justificación, será motivo de extinción de autorización”.
Se viene observando, y así consta en los informes de inspección semanales, una continua ausencia de vendedores cada lunes, que perjudica el normal funcionamiento del mercadillo, por lo que, si no se justifican debidamente las ausencias, se procederá a la extinción de la autorización.
Requisitos
Ser titular de un puesto en el mercadillo municipal.
Unidad responsable y contacto
Consumo.
Documentación
Si quiere incorporar a una “persona autorizada” para desarrollar la actividad en nombre del titular, deberá solicitarlo remitiendo un escrito a cualquier Registro Municipal, aportando la documentación de dicha persona:
• Fotocopia del D.N.I.
• 2 Fotografías.
• Carné Profesional de comerciante ambulante expedido por la Comunidad de Madrid o certificado de la solicitud de inscripción en el Registro de Comerciantes Ambulantes.
Plazos
Puede presentar esta solicitud durante todo el año
Plazo
Continuo
Cómo se tramita
Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico puede cumplimentar la instancia de manera on line .
Cuánto tardan en contestar
Según normativa aplicable
Documentación Obligatoria
Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:
Documentación de la persona autorizada para desarrollar la actividad en nombre del titular.
Obligatorio
Fotocopia del DNI, 2 fotografías y Carné Profesional de comerciante ambulante expedido por la Comunidad de Madrid o certificado de la solicitud de inscripción en el Registro de Comerciantes Ambulantes.
Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad
Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original
Ver normativa [#]
Normativa
(Norma completa.)
Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3207771. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.