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Obras, urbanismo y vivienda

Viabilidad urbanística

En resumen

Para quién: Promotores que quieren cambiar un local a vivienda, o hacer obra nueva o ampliar oficinas, comercios o industrias sujetos a declaración responsable.

Permite saber si una actuación es viable antes de presentar la declaración responsable con el proyecto completo. Se presenta un proyecto básico que examinan los técnicos municipales; si es viable, después se presenta la declaración responsable con proyecto básico y de ejecución. Si falta documentación, hay 10 días para aportarla. En línea o en Atención Ciudadana; se resuelve en 3 meses.

Qué es

A través de este trámite municipal, el promotor que pretenda una actuación urbanística sujeta a proyecto técnico de obra (artículo 2.2 de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación) y a declaración responsable (artículo 155 de la Ley 9/2001, d3 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid), podrá conocer la viabilidad de dicha actuación con carácter previo a la presentación de la correspondiente declaración responsable (con proyecto completo, básico y de ejecución). Para ello, será preciso la presentación de un proyecto básico descriptivo de la actuación pretendida, que será objeto de examen por parte de los servicios técnicos municipales y posterior resolución municipal respecto de su viabilidad.

En caso de que por el Ayuntamiento se determine que la actuación pretendida y descrita en el proyecto básico es viable, para llevar a cabo la misma será preceptivo que posteriormente el promotor presente la correspondiente declaración responsable junto con el proyecto básico y de ejecución, quedando facultado, desde ese momento, para la realización de dicha actuación urbanística.

Será de aplicación:

A.- En uso Residencial: Cambio de uso de local a vivienda.

B.- En otros usos distintos al residencial, lo será en Actividades cuyo funcionamiento este sujeto a Declaración Responsable (terciario oficinas, terciario comercial y uso industrial sujeto a DR): Nueva planta o ampliaciones.

Requisitos

Sin requisitos específicos.

Unidad responsable y contacto

Licencias de Obras

Documentación

• Declaración de datos básicos (LD34).

• Relación de documentos a presentar (LD34.1n).

En su caso:

• Modelo de representación.\

Datos del pago

Consulte importes y formas de pago.

Más información

Subsanación:

Al presentar la documentación, si la solicitud exigida no está completa y usted desea formalizarla, se le requerirá para que en el plazo de 10 días aporte la documentación exigida, advirtiéndole que de no hacerlo se procederá al archivo del expediente.\

Plazo

Continuo

Cómo se tramita

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede cumplimentar el trámite de manera on line.

En las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana

Cuánto tardan en contestar

3 Meses

Normativa

Ley 2/199, de 17 de marzo, de medidas para la calidad de la edificación

(Norma completa.)

Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid

(Norma completa.)

Ordenanza de Edificación, Construcciones e Instalaciones

(Norma completa.)

Ordenanza fiscal de 2026 del Ayuntamiento de Alcobendas.

(Norma completa.)

Plan General de Ordenación Urbana

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3195107. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.