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Empresas y comercio

Altas, bajas o variaciones en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En resumen

Para quién: Empresas con actividad en Alcobendas y una cifra de negocios superior a 1.000.000 euros anuales, y uniones temporales de empresas (UTE).

Declaraciones de alta, baja o cambios (potencia, superficie, domicilio) en el Impuesto de Actividades Económicas. Solo están obligadas las empresas que facturan más de 1.000.000 euros al año y las UTE; personas físicas, empresas por debajo de esa cifra y las que empiezan (dos primeros años) están exentas. El alta se presenta en el mes siguiente al inicio de la actividad, con el modelo 187. En línea con Cl@ve o certificado digital.

Qué es

El Impuesto de Actividades Económicas grava el ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado.

Requisitos

Obligación a presentar Declaraciones de Alta en el IAE:

- Aquellas que ya estén ejerciendo la actividad, pero su importe neto de la cifra de negocios sea superior a 1.000.000 euros anuales, salvo que disfruten de alguna exención.

- En caso de U.T.E. (Unión Temporal de Empresas), siempre están obligados a declarar.

No están obligados a presentar alta en el IAE:

- Personas físicas.

- Personas jurídicas:

- Aquellas que inicien por primera vez el ejercicio de su actividad. Estas personas, gozarán durante los dos primeros años de la exención de presentar dichas declaraciones.

- Aquellas que ya estén ejerciendo la actividad, pero su importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 euros anuales.

Cualquier modificación de potencia, superficie, etc, declarada en el alta de IAE, deberá presentar Variación en el impuesto. También implicará una variación el cambio de domicilio de la actividad dentro de Alcobendas, siempre que no varíe el epígrafe (no son variaciones los cambios en el DNI, CIF o epígrafe).

En actividades de nueva creación, si son empresariales y desean solicitar bonificación podrán hacerlo cuando vayan a darse de alta a solicitud de los interesados.

Las personas físicas o jurídicas, estén o no obligadas a presentar Declaraciones de Alta, Baja o Variaciones en el Impuesto deben presentar en la Agencia Tributaria la Declaración Censal (Mod. 036).

Obligación a presentar Declaraciones de Baja en el IAE:

- Personas jurídicas dadas de alta en Alcobendas, cuya cifra de negocios es superior a 1.000.000 euros anuales. Si estas empresas, conocen que el año próximo no van a superar el 1.000.000 de euros de cifra de negocio, tendrán que solicitar baja en el IAE, como Baja por Exención.

- U.T.E. (Unión Temporal de Empresas).

No están obligadas presentar baja las Personas físicas, ni personas jurídicas, cuya cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 euros anuales

Unidad responsable y contacto

Ingresos generales.

Plazo

Continuo

Precio

Gratuito.

Plazos

-Tienen que presentar la declaración de baja en el IAE las empresas que hayan cesado en el ejercicio de su actividad, en el plazo de un mes desde la fecha efectiva de dicho cese.

-Los ceses de actividad producidos el 31 de diciembre, tienen de plazo para presentar la baja hasta el 31 de enero.

Más información

A tener en cuenta en la Baja del Impuesto:

- En caso de promotoras inmobiliarias, cuando se presenta la baja hay que declarar los metros cuadrados vendidos en el ejercicio.

-En caso de presentar la declaración de baja fuera plazo y no acreditar la fecha de cese, se tomará como tal, la de presentación.

-La documentación justificativa de la fecha de cese de la actividad podrá ser:

♦Rescisión contrato arrendamiento (si el local es alquilado)

♦Declaración censal de baja ante la agencia tributaria (modelo 037)

♦Declaración del IVA en caso de que la declaración censal se presente fuera de plazo.

♦Declaración impuesto sobre sociedades (modelo 201)

♦Libros de contabilidad.

♦Cualquier documento que se estime oportuno.

-A efectos de la licencia municipal de apertura debe tramitarse también la baja en la licencia de apertura o el cambio de titular según corresponda.

-En el campo Observaciones se indicará el motivo a los efectos de la Tasa de Basuras. Ejemplo si la Baja es por fin de actividad o cambio de titular.

Cómo se tramita

Si está registrado en Clave , o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico, puede adjuntar la documentación a aportar debidamente cumplimentada a la  instancia on line .

Departamento Impuesto Actividades Económicas

Clicando en el siguiente enlace puede acceder a las Instrucciones para cumplimentar modelo alta/baja/variación IAE

Altas y variaciones en el Impuesto de Actividades Económicas

Plazos

Las declaraciones de alta de los sujetos pasivos que no estén exentos del impuesto deberán presentarse antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad.

Si el sujeto pasivo cesara en el disfrute de alguna exención, deberá presentar la declaración de alta en el mes de diciembre inmediato anterior al año en el que resulte obligado a contribuir por el impuesto.

Más información

Exenciones del Impuesto:

PRIMERO : Estarán exentos los titulares de actividades económicas cuando se trate de:

1. Personas Físicas.   ó

2. Entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, Sociedades Civiles y las entidades del artículo 33 de la Ley General Tributaria (Comunidades de bienes, etc...) y contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, siempre que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000€.

El importe neto de la cifra de negocios se determinará según lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Sociedades Anónimas, y será el que corresponda al penúltimo año anterior al del devengo de este impuesto. De pertenecer a un grupo de sociedades deberá aportar el Importe Neto de la Cifra de Negocios correspondiente al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo.

SEGUNDO: Se exime igualmente del pago del impuesto, durante los dos primeros períodos impositivos, a los sujetos pasivos que inicien por primera vez su actividad en un epígrafe. Se requiere que la actividad económica no se haya ejercido anteriormente bajo otra titularidad. Se considerará que no concurre dicho requisito, entre otros supuestos, en los casos siguientes:

♦ Fusión, escisión, aportación de ramas de actividad.

♦ Transformación de sociedades.

♦ Cambios en la personalidad jurídico-tributaria del explotador cuando el anterior titular mantenga una posición de control sobre el patrimonio afecto a la actividad en la misma entidad.

Beneficios Fiscales

PRIMERO : Este Ayuntamiento tiene establecida una bonificación en el impuesto por generación de empleo indefinido, para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal, que tengan firmado convenio por la Estabilidad de Empleo o Convenio de Red de Empresas por la Igualdad, y haya incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo anterior al de la aplicación de las bonificaciones en relación con el período anterior aquel:

PORCENTAJE DE BONIFICACIÓN

Incremento de plantilla con contrataciones indefinidas

Generación de empleo indefinido a jóvenes menores de 35 años

Generación de empleo indefinido en general

Entre el 5% hasta el 10%

Bonificación de un 15%

Bonificación de un 10%

Entre el 10% hasta el 20%

Bonificación de un 25%

Bonificación de un 20%

Más del 20%

Bonificación de un 30%

Bonificación de un 25%

La presente bonificación deberá de solicitarse dentro del primer trimestre del periodo de aplicación, aportando la documentación acreditativa pertinente, y su concesión estará sujeto al cumplimiento de las condiciones siguientes:

a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayto. de Alcobendas, Hacienda y la S. Social.

b) Mantener la plantilla fija de la empresa, tomando como referencia para su determinación la existente a la firma del convenio.

SEGUNDO: Una bonificación de carácter rogado del 20% de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que se encuentren en situación de alta en la Sección 1ª, División 7ª, Transportes y Comunicaciones, salvo las Agrupaciones 75 y 76 8Actividades anexas al Transporte y Telecomunicaciones) y en el grupo 854 de la División 8ª del R. D. 1175/1990 de 28 de septiembre por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Que establecen un plan de transporte para sus trabajadores que tenga por objeto reducir el consumo de energía y las emisiones causadas por el desplazamiento al lugar del puesto de trabajo y fomenten el empleo de los medios de transportes más eficientes, como el transporte colectivo o el compartido.

Esta bonificación al ser de carácter rogado deberá ser objeto de solicitud por el sujeto pasivo el primer año dentro del primer trimestre y en años sucesivos con carácter anual antes del inicio del período impositivo. A tal efecto, deberán presentar un proyecto que incluya un plan de transporte de los trabajadores que cumpla con los fines establecidos en esta bonificación.

TERCERO: Una bonificación de carácter rogado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.2.d) del T.R.L.R.H.L., para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal cuyo importe neto de la cifra de negocios sea de 1.000.000 € a 5.000.000 € y tengan un rendimiento neto de la actividad económica negativo superior a 10.000 €, manteniendo el empleo. A efectos de su aplicación se tendrá en cuenta el porcentaje de mantenimiento del empleo, aplicando bonificaciones del 5%, 10% y 15% conforme la siguiente tabla:

PORCENTAJE MANTENIMIENTO DE EMPLEO

PORCENTAJE DE BONIFICACIÓN

50%

5%

Más de 50% hasta el 80%

10%

Más del 80%

15%

Para su aplicación se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1ª Se entenderá como rendimiento neto de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades la base imponible de este tributo, sin incluir a estos efectos las compensaciones de bases imponibles negativas de

Cuánto tardan en contestar

Según normativa aplicable

Documentación Obligatoria

Para poder presentar el trámite, es necesario presentar la siguiente documentación:

Solicitud Modelo 187

Obligatorio

En el apartado de observaciones de la información del trámite puede descargar las instrucciones para cumplimentarlo.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Descargar modelo

Fotocopia del CIF de la persona jurídica.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del CIF de la persona jurídica.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del DNI del representante legal.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del DNI del representante legal.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Escritura de constitución de la Sociedad, para su cotejo, o representación del interesado acreditada mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.

Obligatorio

A aportar según el caso

Escritura de constitución de la Sociedad, para su cotejo, o representación del interesado acreditada mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del CIF de la persona jurídica.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del CIF de la persona jurídica.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del DNI del representante legal.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del DNI del representante legal.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Escritura de constitución de la Sociedad para cotejo del representante.

Obligatorio

A aportar según el caso

Escritura de constitución de la Sociedad para cotejo del representante.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del DNI de la persona autorizada.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del DNI de la persona autorizada.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del CIF de la persona jurídica.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del CIF de la persona jurídica.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del DNI del representante legal.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del DNI del representante legal.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Escrito de Autorización de presentación y firma.

Obligatorio

A aportar según el caso

Escrito de Autorización de presentación y firma.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Descargar modelo

Escritura de Constitución de la Sociedad para cotejo del representante.

Obligatorio

A aportar según el caso

Escritura de Constitución de la Sociedad para cotejo del representante.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del DNI de la persona autorizada.

Obligatorio

A aportar según el caso

Fotocopia del DNI de la persona autorizada.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Certificado de Hacienda sobre si se ha dado de alta en el IAE, haciendo constar, en su caso: epígrafe, fecha de inicio y clase de cuota.

Obligatorio

A aportar según el caso

Certificado de Hacienda sobre si se ha dado de alta en el IAE, haciendo constar, en su caso: epígrafe, fecha de inicio y clase de cuota.

Requisito de Validez: Copia simple responsabilizándose el interesado de su veracidad

Esta administración se reserva el derecho a poder requerirle posteriormente la exhibición del documento original

Ver normativa [#]

Fotocopia del CIF de la persona jurídica

Normativa

Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

(Norma completa.)

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

(Arts. 78 a 91.)

Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.

(Norma completa.)

Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

(Norma completa.)

Orden HAC/2572/2003, de 10 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 840 de Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.

(Norma completa.)

Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas

(Norma completa.)

Copiado de la ficha oficial el 20 de octubre de 2026 · Código SIA 3200350. Alcobi no es el Ayuntamiento: ante cualquier duda, manda la ficha oficial.